domingo, 28 de agosto de 2011

Importancia del Derecho Economico

1.1 Introducción al Estudio del Derecho Económico
El derecho económico emerge en este fin de siglo como un derecho de la crisis y de la globalización. El derecho, como conjunto de normas coactivas que el Estado impone a la sociedad, constituye un fenómeno histórico en constante evolución y cambio. En su tarea reguladora, el Estado democrático recurre al derecho para:

a) Reglamentar las relaciones económicas;
b) Definir la organización de la sociedad y del propio Estado, y
c) Crear los mecanismos que resuelvan los conflictos y controversias de intereses dentro de un contexto de paz social.

En palabras de Darío Munera Arango, el derecho económico es el conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada por un sistema económico.

R. Goldschmidt de manera breve la define como el derecho de la economía organizada. Para E. R. Huber, es el conjunto de estructuras y medidas jurídicas con las cuales, utilizando facultades administrativas, la administración pública influye en el comportamiento de la economía privada.

El maestro Gustavo Radbruch lo señala como el derecho regulador de la economía mixta que tiene por finalidad conciliar los intereses generales protegidos por el Estado por un lado, y los intereses privados por otro.

En palabras de Daniel More Merino, es el conjunto de principios jurídicos que informan las disposiciones, generalmente de derecho público, que rigen la política económica estatal orientada a promover de manera acelerada el desarrollo económico.

Otra definición, de Fabio Donder Comparato es: conjunto de técnicas jurídicas que formula el Estado contemporáneo para la realización de su política económica. Para Alfonso Insuela Pereira significa el complejo de normas que regulan la acción del Estado sobre las estructuras del sistema económico y las relaciones entre los agentes de la economía.

Una definición más amplia la da Quieiroz Nogueira: el derecho económico como la rama del derecho cuyas normas y principios tienen por objeto la organización, disciplina y control de las actividades económicas del Estado y de emprendimientos privados en lo tocante a la producción, a la circulación y al consumo de la riqueza tanto en el ámbito interno como en el ámbito internacional.
Como corolario, para el autor del presente texto, el derecho económico mexicano, en el modelo neoliberal, ese! conjunto de normas específicas de regulación cuyo objeto o finalidad es enmarcar los comportamientos económicos de las personas físicas o morales, tutelando intereses generales con criterios de economicidad y simplificación en el contexto de un mercado zonal o tratado de libre comercio.

En conclusión, las definiciones precedentes apuntan a:

1. Organizar la economía macrojurídica a nivel zonal.
2. Asignar al Estado un poder regulador eficiente.
3. Fomentar los mecanismos del mercado.
4. Buscar conciliar intereses generales con los privados nacionales o extranjeros.
5. Sancionar las prácticas desleales y restrictivas o monopólicas.
6. Las normas tienen más carácter zonal e internacional que internos o nacional.

El derecho económico es un derecho instrumental que está en función de la política económica, disciplina que postula una intervención del Estado en la economía selectiva o integral, según la fuerza o articulación de los grupos que controlan alternativamente el poder público.

Los fines o metas de la política económica en los sistemas democráticos cambian periódicamente en función del Estado o del mercado, paradigmas que privilegian a los trabajadores manuales o intelectuales (prestadores de servicios) o a los empresarios privados (productivos o financieros).

El derecho económico es bicéfalo debido a que tiene un aspecto normativo y otro aspecto práctico-económico. Por ello debe abordarse con un método plural y no dogmático, pues debe armonizar el mandato legal con los fines de comportamiento económico específico de los destinatarios de ese mandato.

WITKER, Jorge, Introducción al Derecho Económico, 4 Ed. 1999

1.2 Antecedentes al estudio del derecho económico
El Derecho Económico surgió como una regulación a las transacciones en el comercio desde la época romana y su antecedente es conocido como el Derecho Romano que nace aproximadamente en el siglo IV a. c. (antecedentes.net, 2007)
Después del derrocamiento de Anastasio Somoza en Nicaragua en 1979 y con la inestabilidad general en El Salvador, los militares hondureños encabezados por el jefe de estado general Policarpo Paz García, y más la presión ejercida de la administración de Jimmy Carter en los Estados Unidos; se aceleraron proyectos para devolver al país a una democracia. Una Asamblea Nacional Constituyente fue popularmente reunida en abril de 1980 y seguidamente se celebraron elecciones generales en noviembre de 1981. Se aprobó la Constitución de Honduras de 1982 y el gobierno del Partido Liberal del Presidente Doctor Roberto Suazo Córdova tomó el poder. (Varela, 2005)

En la constitución, en el título VI: que es del régimen económico. Está enfocado al derecho económico, que habla sobre el sistema económico, la reforma agraria, del régimen financiero etc.

VARELA, Guillermo. “Historia de Honduras”, 2005.

1.3 Sobre el porqué del derecho económico, sus conceptos fundamentales y su definición.

Esta rama del derecho estudia el comportamiento de diversos agentes que tienen su presencia en el mercado, especialmente de orden privado.
Ahí se encuentra un rol del Estado facilitador y estimulador de la actividad económica.
Igualmente, persigue la autorregulación entre los diferentes agentes del mercado y preocupado de observar y fiscalizar los recursos económicos en cuanto está presente el tema de la fe pública.

Conjunto de principios y normas jurídicas que organizan la economía y donde regularmente le cabe al Estado un poder de dirección (rol encausador fiscalizador, pero no protagonista como agente económico), que están destinadas a proteger a los sectores más débiles de la sociedad. (Arias, 2005)

Desde inicios de la década anterior, los distintos gobiernos han realizado esfuerzos orientados a lograr y mantener el equilibrio de las principales variables macroeconómicas, de acuerdo con ciertos parámetros relacionados con la necesidad de incentivar el crecimiento económico y la estabilidad social. Generalmente, dichos parámetros fueron determinados por Instituciones Financieras Internacionales, principalmente por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en el marco de programas condicionados y monitoreados.
En este contexto, la política económica se ha concebido tradicionalmente en el país como una especie de mandato necesario para establecer correctivos y regulaciones, contrario a lo que sucede en otros países, en donde la política económica se concibe como un medio de desarrollo que responde a intereses y prioridades nacionales y que se define a partir de postulados y metodologías de la planificación estratégica. Por lo tanto, en Honduras los elementos esenciales de la política económica se fijan mediante la emisión de decretos ejecutivos o legislativos, de estricto cumplimiento y cuya ejecución y resultados deben ser evaluados por entidades supranacionales. (Ramírez, 2009)

ARIAS, Jorge. “Derecho Económico II”. 2005.
RAMIREZ, Manuel M. “Política Económica y FMI en Honduras”. Febrero 2009.

1.4 El derecho económico y el jusnaturalismo de la norma económica: sentido social versus sentido privado.
El iusnaturalismo sostiene que el origen de los derechos humanos parte de la naturaleza propia del ser humano, es un derecho natural que se da a los seres humanos por el simple hecho de serlo.

La relación que guarda el iusnaturalismo con el derecho económico en los países, está dirigida al derecho público, y juntas propician el derecho económico y social del país permitiendo a los ciudadanos guardar sus derechos básicos por el sólo hecho de ser humanos. (COLOMA, 2001)

El derecho privado: porción del derecho cuya función económica es organizar la parte de la economía que funciona bajo un régimen de capitalismo descentralizado. En este tipo, se encuentra la mayor parte del derecho civil y comercial, y algunas porciones de otras áreas más especializadas tales como el derecho laboral, el derecho agrario, etc.

El derecho público: porción del derecho cuya función es organizar la parte de la economía que funciona bajo un régimen de socialismo centralizado. Dentro de este concepto, se incluyen a la mayor parte del derecho administrativo, derecho tributario, derecho fiscal y al derecho procesal. (COLOMA, 2001)

En la constitución de la Republica de Honduras, en el título III: de las declaraciones, derechos y garantías, se encuentran establecidos los derechos humanos y sociales. Y en el título VI: del régimen económico, se encuentran establecidas las normas para promover el desarrollo económico y social por parte del estado.

COLOMA; Germán. “Las Funciones Económicas del Derecho”. México (2001).
1.5 ¿Readecuación o transformación del derecho económico?

El proceso de intervención del Estado en la actividad económica se inicia a principios del siglo xx en las economías liberales; en forma coyuntural y esencialmente supletorio ante fallas temporales de los mecanismos autorregulatorios del mercado.

En ese contexto, intervenir supone un acto que interpone su conducta o acción con otro y otros actores, o bien, en sus acciones o ámbitos. Se trata de una interposición relacionada, por lo menos en el sentido de que se toma parte en algo que pertenece a otro actor. Se trata, en consecuencia, del Estado, que es centro de poder utilizado o utilizable a favor de quien lo controla o influye, instrumento para intervenir en la economía, para desarrollar los intereses de los grupos o individuos influyentes.(Witker, 2011)

La Ley General de la Administración Pública establece que el Gabinete Económico es la máxima autoridad en materia de formulación y aprobación de la política económica de Honduras; no obstante, esta entidad parece limitarse a la gestión y al seguimiento eventual de los resultados de los programas económicos que el país suscribe con el FMI.

Una vez definido el programa económico, éste se operacionaliza mediante instrumentos internos, como el Programa Monetario del Banco Central de Honduras, y los lineamientos de política presupuestaria de la Secretaría de Finanzas. (Ramírez, 2009)

RAMIREZ, Manuel M. “Política Económica y FMI en Honduras”. Febrero 2009.
WITKER, Jorge. (2011). “Derecho de la Economía y Derecho Económico”. 2011.

1.6 Utilidad objetiva del derecho económico.

Muchos de los avances económicos de Honduras han sido respaldados por organismos internacionales, quienes han ayudado a orientar las políticas económicas de Honduras, dirigiendo su ingreso al mercado centroamericano, convirtiéndolo en un país con una economía de libre mercado y fomento a la competencia, reformando normas ya existentes y proponiendo nuevas como el Ante-proyecto de Ley de Promoción y Protección de la Competencia que ha sido elaborado bajo los lineamientos del mismo FMI.

En el ámbito constitucional, podemos decir que desde su inicio, la Constitución de Honduras es una carta abierta a todo sentido económico, pues en su artículo 1º se establece al país como un Estado de derecho que busca asegurar a sus habitantes, entre otras cosas, el bienestar económico y social. Asimismo, a lo largo de todo el texto constitucional podemos encontrar diferentes referencias al ordenamiento económico de la nación, especialmente en el Titulo VI que trata del Régimen Económico.
Honduras se ha visto en la necesidad de crear una normativa que ayude a regular los problemas que pueden llegar a presentarse en los mercados, pero no con la intención de eliminar los monopolios que en este caso son importantes para llevar a flote la economía, sino para ponerle limites a los acuerdos que se realicen ente las empresas que ya se encuentran funcionando.

El derecho de la Competencia en Honduras, consultado el 27 de agosto de 2011 en http://www.lcuc.cl/documentos_down/mapa/honduras.pdf

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